CDFI?
El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es la forma de hacer Documentos Electrónicos para que sean válidos para el SAT. Requiere que el Contribuyente obtenga su Certificado de Sello Digital (CSD) en el Portal del SAT para firmar electrónicamente sus documentos.
Contribuyentes?
Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos. La factura electrónica o CFDI cumple con los requisitos legales de los comprobantes tradicionales y garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que genera mayor seguridad jurídica, y disminuye los riesgos de fraude y evasión fiscal ocasionados por la generación de comprobantes apócrifos.
Este tipo de comprobante incluye facturas, recibos de honorarios o recibos de arrendamiento. Se utiliza cuando se recibe un pago por la venta de bienes o servicios.
Este tipo de comprobante corresponde a notas de crédito, las cuales se utilizan para anular o devolver una operación previamente realizada.
Este comprobante se emite cuando se transporta mercancía y se incluye el complemento Carta Porte, que detalla la información del transporte.
Este tipo de comprobante se utiliza para documentar recibos de nómina, salarios o asimilados a salarios.
Se utiliza para documentar pagos en parcialidades, es decir, cuando un pago se realiza en más de una ocasión.
Este comprobante se utiliza para documentar las retenciones de impuestos efectuadas por el emisor del comprobante.
Internet
A partir del 1 de enero del 2014, el modelo de factura electrónica vigente es el de CFDI o
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y es obligatorio para la mayoría de contribuyentes del
país.
Los CFDI's responden al modelo de factura electrónica que deberán implementar aquellos
contribuyentes que usen la facturación digital a partir del 2014. El modelo de factura electrónica
CFDI, retira la obligación al contribuyente de la generación del reporte mensual, y del uso de
números de folios y series facilitados por el SAT.
Somos Proveedor Autorizado de Certificaciones por el SAT para la emisión de facturas electrónicas conforme a los requerimientos vigentes a partir de enero de 2011.
Como PAC "Comercio Digital" asume las tareas que el procedimiento de factura electrónica del SAT designa a esta figura, lo que se supone realizar un proceso de validaciones sobre el comprobante fiscal digital generado por el contribuyente, certificándolo si éste es totalmente conforme a los requerimientos especificados por el servicio de administración tributaria. Este proceso finaliza con la certificación del CFDI y la declaración de este ante el SAT en un plazo máximo de 72 horas, lo que exime al contribuyente de la generación del reporte mensual. Nuestras soluciones tecnológicas están preparadas para atender con rapidez y eficacia, todos los requerimientos y pasos normados en la legislación vigente para la emisión, certificación y entrega de los CFDI.
El contribuyente genera su factura electrónica en su sistema interno de facturación conforme a los requerimientos para la emisión de un CFDI. La generación de este comprobante supone la creación de un archivo de datos estructurado en formato XML, que integra el certificado de sello digital (CSD) del contribuyente expedido por el SAT. El contribuyente debe generar este archivo por sus propios medios, el CFDI es remitido a través de un canal de comunicaciones seguro a nuestro "centro de datos" para realizar todas las validaciones exigidas por el SAT.
"Comercio Digital" recibe el comprobante del contribuyente para someterlo al proceso de certificación final. Verifica que el período de tiempo entre la fecha de envío del documento y la de recepción del documento para su certificación no exceda de 72 horas. Verifica igualmente que el documento no haya sido certificado previamente y que el certificado de sello digital (CSD) del contribuyente este vigente en la fecha de generación del comprobante, y que efectivamente corresponda dicho CSD al contribuyente que emite el documento. Finalmente constata que la estructura del documento cumple con las especificaciones técnicas conforme a la resolución miscelánea fiscal vigente.
Si el CFDI cumple con las validaciones especificadas en el punto 2, se dará respuesta al contribuyente incorporando un complemento sobre el documento, que incluye el "Folio Fiscal", también llamado UUID, la fecha y hora de certificación y sello digial del SAT y del certificado del SAT y sello del timbre.
"Comercio Digital", en calidad de PAC, realiza conexiones directas al SAT, declarando todos los CFDI que ha certificado en un lapso menor a 72 horas, lo que exime al contribuyente de tener que efectuar los resúmenes mensuales.
El CFDI es devuelto al contribuyente por los medios electrónicos de envío, para su resguardo electrónico y para que se pueda imprimir el CFDI con los datos mencionados arriba.
El CFDI se debe hacer llegar a su destinatario, que es el contribuyente receptor. El envío del CFDI certificado a su destinatario puede realizarse de forma convencional mediante correo electrónico desde el sistema de facturación interno del contribuyente, o en su defecto, publicado en el portal seguro de "Comercio Digital" para la consulta y descarga por el receptor.
El contribuyente genera su factura electrónica en su sistema interno de facturación conforme a los requerimientos para la emisión de un CFDI. La generación de este comprobante supone la creación de un archivo de datos estructurado en formato XML, que integra el certificado de sello digital (CSD) del contribuyente expedido por el SAT. El contribuyente debe generar este archivo por sus propios medios, el CFDI es remitido a través de un canal de comunicaciones seguro a nuestro "centro de datos" para realizar todas las validaciones exigidas por el SAT.
El contribuyente deberá adquirir, arrendar, desarrollar o contratar los servicios de un tercero para emitir sus facturas electrónicas, las cuales a su vez deberán ser remitidas a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), quien validará el cumplimiento de las normas publicadas por el SAT y en caso de ser válido: asignará folio fiscal y aplicará el sello digital del SAT.
El contribuyente deberá entrar al Portal del SAT para generar y descargar su Certificado de Sello Digital (CSD) para que el programa informatico firme los CFDI.